¿Qué son los DRM?

Informática(Digital Management systems o sistemas de Gestión Digital de Restricciones) son mecanismos técnicos de restricción al acceso y copia de obras publicadas en formatos digitales. Si bien sus impulsores los denominan «Gestión Digital de Derechos», cuando analizamos sus objetivos es evidente que sólo sirven para gestionar restricciones.
(Digital Management systems o sistemas de Gestión Digital de Restricciones) son mecanismos técnicos de restricción al acceso y copia de obras publicadas en formatos digitales. Si bien sus impulsores los denominan «Gestión Digital de Derechos», cuando analizamos sus objetivos es evidente que sólo sirven para gestionar restricciones.

Quienes proponen estos sistemas argumentan que son necesarios para que los autores puedan controlar el respeto a su derecho de autor en el mundo digital.

Lo que no dicen, sin embargo, es que estas medidas pueden ser, y de hecho son usadas para restringir obras que no están bajo derecho de autor, o que las restricciones que los DRM imponen al público van mucho más allá de lo que el derecho de autor otorga. Callan también que la implementación de DRM no está al alcance de los autores, sino sólo de las grandes empresas editoriales, discográficas y productoras, sobre las que los autores en general carecen de control.

Existen diferentes mecanismos de DRM, diseñados por distintas empresas, pero en general todos tienen en común algunas características:

  • detectan quién accede a cada obra, cuándo y bajo qué condiciones, y reportan esta información al proveedor de la obra;
  • autorizan o deniegan de manera inapelable el acceso a la obra, de acuerdo a condiciones que pueden ser cambiadas unilateralmente por el proveedor de la obra;
  • cuando autorizan el acceso, lo hacen bajo condiciones restrictivas que son fijadas unilateralmente por el proveedor de la obra, independientemente de los derechos que la ley otorgue al autor o al público.

Una característica particular de los DRM es que su implementación no se limita a lo técnico, sino que incursiona en lo legislativo: sus proponentes impulsan, con grandes campañas de lobby en el mundo entero, proyectos de ley que prohíben la producción, distribución y venta de dispositivos electrónicos a menos que estén equipados con DRM, y criminalizan cualquier esfuerzo de eludir los DRM, independientemente de si esta elusión implica una violación del derecho de autor o no.

Es necesario tomar conciencia al respecto y darle a conocer al mundo el riesgo que corre la libertad individual de cada uno de nosotros. Las limitaciones van desde no poder escuchar música en nuestros ordenadores hasta la restricción absoluta del uso de nuestra PC si no cumplimos con las normativas de los fabricantes implicados en este macabro proyecto…

El nombre de “Computación Confiable” está evidentemente pensado para despertar la sensación de que estos sistemas nos permiten controlar mejor lo que nuestros dispositivos hacen.

Por cierto, si esto fuera así, cabe preguntarse cuál es el motivo de exigir que todos los dispositivos digitales estén equipados con esta tecnología, o de criminalizar su elusión.

Esta actitud demuestra que el verdadero objetivo es, precisamente, *quitar* a los usuarios el control sobre sus dispositivos, y transferirlo a terceros: el proveedor de software, la editorial, la discográfica, etc. Son ellos, y no el público ni los autores, quienes operan los servidores y cadenas de distribución y control que sostienen los sistemas de DRM.

En otras palabras: estos mecanismos, que permiten saber qué escuchamos, leemos, miramos y producimos, e incluso impedirlo, están bajo el control de extraños, que por su intermedio nos controlan a nosotros.

En la visión de quienes lo proponen, este control debe ser incluso más fuerte que la ley: si la elusión de DRM es delito, estas empresas se convierten de la noche a la mañana en legisladoras privadas, ya que pueden implementar restricciones y controles arbitrarios, completamente al margen de lo que la ley les permite, y demandar a quienes los eludan por el simple acto de intentar ejercer sus propios derechos.

Por ejemplo, en muchos países existe el derecho del público de hacer copias para uso privado, aunque las obras estén bajo derecho de autor. Pero si el usuario no puede hacer la copia sin eludir el sistema de DRM, que no se lo permite, la empresa que controla el DRM acaba de anular un derecho legítimo del usuario, ya que cualquier intento de ejercerlo lo convierte en un criminal.

Hay leyes de este tipo que ya están en efecto en varios países, en vitrud de la presión de las corporaciones de medios, y pese a la oposición de organizaciones de defensa de derechos del público, y de muchos autores.

Los ejemplos más prominentes son la DMCA (Digital Millenium Copyright Act) de los EEUU y la DADVSI (Droit d’Auteur et Droits Voisins Dans la Société de l’Information) de Francia. Los Tratados de Libre Comercio con los EEUU, como el ALCA, incluyen la exigencia de que los países firmantes adopten legislación de apoyo a los DRM como cláusula no negociable.

El artículo completo en: Fundación Software Libre América Latina

Un especial agradecimiento a la gente de la plataforma Anti-DRM y a Defective By Design por toda la información que tienen disponible en la Web… La Lucha apenas comienza…!!!


Enlaces de interés:
www.fsfla.org

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